El contrato social (Jean Jacques Rousseau) Libros Clásicos

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Todas estas cláusulas bien entendidas se reducen á una sola, á saber:
la enagenacion total de cada asociado con todos sus derechos hecha á favor
del comun: porque en primer lugar, dándose cada uno en todas sus partes,
la condicion es la misma para todos; siendo la condicion igual para todos,
nadie tiene interés en hacerla onerosa á los demas.
Á mas de esto, haciendo cada cual la enagenacion sin reservarse nada;
la union es tan perfecta como puede serlo, sin que ningun socio pueda
reclamar; pues si quedasen algunos [20] derechos á los particulares, como
no ecsistiria un superior comun que pudiese fallar entre ellos y el
público, siendo cada uno su propio juez en algun punto, bien pronto
pretenderia serlo en todos; subsistiria el estado de la naturaleza, y la
asociacion llegaria á ser precisamente tiránica ó inútil.
En fin, dándose cada cual á todos, no se dá á nadie en particular; y
como no hay socio alguno sobre quien no se adquiera el mismo derecho que
uno le cede sobre sí, se gana en este cambio el equivalente de todo lo que
uno pierde, y una fuerza mayor para conservar lo que uno tiene.
Si quitamos pues del pacto social lo que no es de su esencia, veremos
que se reduce á estos términos: Cada uno de nosotros pone en comun su
persona y todo su poder bajo la suprema direccion de la voluntad general;
recibiendo tambien á cada miembro como parte indivisible del todo.
En el mismo momento, en vez de la persona particular de cada
contratante, este acto de asociacion produce un cuerpo moral y colectivo,
compuesto de tantos miembros como voces tiene la asamblea; cuyo cuerpo
recibe del mismo acto su unidad, su ser comun, su vida y su voluntad. Esta
persona pública que de este modo es un producto de la union de todas las
otras, tomaba antiguamente el nombre de Civitas (4), y ahora el de
República [21] ó de cuerpo político, al cual sus miembros llaman estado

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