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podria evitar que sus miras particulares alterasen la santidad de su obra.
Cuando Licurgo dió leyes á su patria, empezó por abdicar el trono. La
mayor parte de las ciudades griegas acostumbraban confiar á estranjeros el
establecimiento de las suyas. Las modernas repúblicas de Italia imitaron
con frecuencia esta costumbre; la de Ginebra hizo lo mismo, y no tuvo de
que arrepentirse (13). [54] Roma, en la época mas hermosa que hay en su
historia, vió renacer en su seno todos los crimenes de la tiranía, y
estuvo á pique de perecer, por haber reunido en unas mismas cabezas la
autoridad legislativa y el poder soberano.
Sin embargo, los mismos decemviros no se arrogaron jamás el derecho
de sancionar alguna ley por su propia autoridad. Nada de lo que os
proponemos, decian al pueblo, puede pasar á ser ley sin vuestro
consentimiento. Romanos, séd vosotros mismos los autores de las leyes que
han de hacer vuestra felicidad.
El que redacta las leyes no tiene pues, ó no debe tener ningun
derecho legislativo; y el pueblo mismo, aunque quiera, no puede despojarse
de este derecho incomunicable, porque, segun el pacto fundamental, solo la
voluntad general obliga á los particulares, y no se puede estar cierto de
que una voluntad particular sea conforme á la voluntad general hasta que
se haya sometido á la libre votacion del pueblo: ya hé dicho esto en otra
parte; pero no considero inútil repetirlo.
De este modo se encuentran á la vez en la obra de la legislacion dos
cosas que parecen incompatibles; una empresa superior á las fuerzas
humanas, y viniendo á la ejecucion, una autoridad que no es nada.
Aun hay otra dificultad que merece nuestra atencion. Los sabios que
quieren hablar al vulgo en un lenguaje diferente del que este [55] usa, no
pueden hacerse comprender; y con todo hay cierta clase de ideas que es
imposible traducir en el idioma del pueblo. Las miras demasiado generales
y los objetos demasiado remotos están igualmente fuera de sus alcances: