Las Siete Partidas (Alfonso X El Sabio) Libros Clásicos

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Ley 5: Dios solo no puso la lengua al hombre para gustar, mas aun para hablar y mostrar su razón con ella; y bien así como le dio sentido en el gustar para distinguir las cosas sabrosas de las otras que no lo son, otrosí se lo dio en las palabras para hacer distinción entre la mentira, que es amarga y a la que aborrece la naturaleza que es sana y cumplida, y la verdad y lealtad de las que se paga el entendimiento del hombre bueno, y recibe gran gusto con ella. Y por ello el pueblo, semejante de esto, según dijeron los sabios, debe siempre decir palabras verdaderas al rey, y guardarse de mentirle llanamente y de decirle lisonja, que es mentira compuesta.

Ley 6: Tocar el quinto sentido del alma y comoquiera que es en todo el cuerpo, mayormente lo es en los pies y en las manos, y así como el tocar distingue las cosas ásperas de las blandas, y las muelles de las duras, y las frías de las calientes, otrosí a semejanza de esto debe el pueblo ir con los pies y obrar con las manos en aquellas cosas que fueren blandas y provechosas a su rey, y allegárselas de todas las maneras que pudieren, y las ásperas y duras y dañosas deben ir contra de ellas y quebrantarlas y destruirlas de manera que no reciba daño de ellas ni mal. Y sobre todas las cosas del mundo debe el pueblo guardarse de tocarle para matarle, ni para herirle, ni para prenderle.

TÍTULO 15 Cuál debe ser el pueblo en guardar al rey de sus hijos

Ley 3: Ocurre muchas veces que cuando el rey muere, queda niño el hijo mayor que ha de heredar, y los mayores del reino contienden sobre quién lo guardará hasta que sea de edad; y de esto nacen muchos males. Y por ello los sabios antiguos de España, que consideraron todas las cosas muy lentamente y las supieron guardar, por quitar todos estos males que hemos dicho establecieron que cuando el rey fuese niño, si el padre hubiese dejado hombres señalados que le guardasen mandándolo por palabra o por carta, que aquellos hubiesen la guarda de él, y que el rey lo hubiese mandado; mas si el rey finado de esto no hubiese hecho mandamiento ninguno, entonces débense juntar allí donde el rey fuere todos los mayores del reino, así como los prelados y los ricos-hombres y otros hombres buenos y honrados de las villas; y desde que fueren adjuntados, deben jurar sobre los santos Evangelios que anden primeramente en servicio de Dios y en honra y en guarda del señor que tengan y en pro comunal de la tierra y del reino; y según esto, que escojan tales hombres en cuyo poder lo metan, que lo guarden bien y lealmente.

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