Página 127 de 189
Ley 1: Compañía es juntamiento de dos hombres o de más, que es hecha con intención de ganar reunidos juntándose los unos con los otros; y nace de ello gran provecho cuando se hace entre hombres buenos y leales, y se ayudan y se socorren los unos a los otros, bien así como si fuesen hermanos. Y hácese la compañía con consentimiento y con otorgamiento de los que quieren ser compañeros y puédese hacer hasta tiempo cierto o por en toda su vida de los compañeros.
Ley 2: Hacerse puede la compañía sobre las cosas convenientes y derechas, así como en comprar y en vender, y cambiar y arrendar y alquilar y en las otras cosas semejantes de estas en que pueden los hombres ganar derechamente. Mas sobre cosas inconvenientes no la pueden hacer ni debe, así como para hurtar o robar o matar o dar logro, ni sobre otra cosa ninguna semejante de estas que fuese mala o inconveniente o contra buenas costumbres. Y la compañía que fuese hecha sobre tales cosas no debe valer, ni puede demandar ninguna cosa uno a otro por razón de tal compañía.
TÍTULO 11: De las promesas y de los otros pleitos y posturas que hacen los hombres unos con otros
Ley 1: Promisión es otorgamiento que hacen los hombres unos a otros por palabras con intención de obligarse, aviniéndose sobre alguna cosa cierta que deban dar o hacer unos a otros; y tiene muy gran provecho a las gentes cuando se hace derechamente y con razón; y asegúranse los hombres los unos con los otros en lo que prometen, y se obligan a guardarlo; y hácese de esta manera, estando presentes ambos los que quieren hacer el pleito de la promesa, diciendo el uno al otro: "Prometedme dar o hacer tal cosa", diciéndola señaladamente y el otro respondiendo que sí promete o que otorga cumplirlo; y respondiendo por estas palabras o por otras semejantes de ellas, quede por ello obligado, y tiene que cumplir lo que otorga o promete dar o hacer, aunque los que hacen tal pleito no hablen ambos un lenguaje, como si el uno hablase ladino y el otro arábigo, vale la promesa solamente que se entiendan el uno al otro sobre la pregunta y la respuesta. Eso mismo decimos que sería si fuesen dos lenguajes, aunque no se entendiesen el uno al otro; y si estando ambos presentes, firmasen el pleito entre sí y por alguna trujamanía en que se aviniesen ambos, valdría la promesa tanto como si se entendiesen los que hacen el pleito.