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15.Reglamento Oficial
La parte de la reglamentación del juego que se incluye a continuación y a partir del artÃculo 8 (ya que los anteriores articulados se refieren a los estatutos del American Bowling Congress y a sus obligaciones) ha sido extractada del reglamento original de esa entidad.
Bolo:
Art. 8 Toda bola lanzada por un jugador se tendrá en cuenta, a no ser que se declare "muerta" (véase más adelante). Los bolos volverán a ser plantados, asà que se haya aclarado la causa que produjo la "bola muerta".
a) Se considerarán derribados los bolos caÃdos por el choque de uno o más bolos, o por los que reboten en la división lateral o en el almohadón posterior.
b) si una vez lanzada la bola para lograr "Spare", se advierte que uno o más bolos no están adecuadamente colocados, a pesar de lo cual se los derriba; el lanzamiento se considerará válido. A cada jugador incumbe la responsabilidad de cerciorarse de la buena o mala disposición de los bolos. Si se insiste en la mala colocación de alguno de ellos, habrá de ser antes de tirar la bola, pues una vez lanzada, se da por supuesto que se acepta la colocación. No podrá efectuarse cambio alguno en los bolos que continúan en pie, luego de un primer tiro para conseguir un "spare", aunque el servidor haya movido o colocado mal cualquiera de ellos después de la primera tirada y antes del lanzamiento de la segunda bola.
c) Los bolos derribados por una bola correctamente lanzada, que permanecen caÃdos a apoyados en los canales, pista o divisiones laterales y posterior, se considerarán "madera muerta" y se quitarán antes de lanzar la siguiente bola.
CaÃda Legal:
Art. 9 La bola se considerará lanzada, pero no anotarán puntos los bolos que hubiera derribado, en cualquiera de los siguientes casos:
1.Cuando los bolos son tirados o descolocados por una bola que salió de la pista antes de llegar a ellos.
2.Cuando la bola rebota en el almohadón posterior.
3.Cuando los bolos chocan con el cuerpo, brazos o piernas del servidor y rebotan.
4.El bolo caÃdo al quitar la "madera muerta" será devuelto a su lugar primitivo y no se contará.
5.Los bolos arrojados fuera de la pista, que rebotan y quedan nuevamente de pie en ella, se considerarán bolos "vivos".
6.No se contarán los bolos derribados en un lanzamiento durante el cual se cometiera falta.
Bola Muerta:
Art. 10. La bola se declarará "muerta" y por tanto no se contará, en cualquiera de los casos siguientes:
a) Si después de arrojar la bola se advierte inmediatamente que falta uno o más bolos del grupo.
b) Cuando el servidor quita o cambia uno o más bolos antes de que se detengan o de que la bola choque contra estos.
c) Cuando el jugador ejecuta el lanzamiento en una pista equivocada o fuera de turno.
d) Cuando el jugador se ve estorbado por el servidor, otro jugador, espectador a objeto en movimiento, si la bola ha sido lanzada y antes de que llegue a su objetivo, podrá aceptar el resultado o reclamar que los bolos se planten de nuevo.
e) Cuando uno o más bolos sea tocado o derribado, en el momento de arrojar la bola y antes de que alcance su objetivo.
f) Cuando la bola entra en contacto con un cuerpo extraño. Una vez declarada la causa y eliminado el motivo, se volverán a disponer los bolos y el jugador podrá repetir el lanzamiento.
Cambio de Bolos:
Art. 11. No se contarán más que los bolos derribados, directa o indirectamente por el jugador durante el lanzamiento legal. Se deberá llenar cada casilla del gráfico de puntuación, mientras el jugador está en su turno.
Art. 12. Todo bolo roto o averiado durante el juego, Será reemplazado por otro de peso y tipo tan similares como sea posible, a los que continúan en la pista. En toda competición oficial, el árbitro decidirá en materia de cambio de bolos.
Un bolo roto no altera la puntuación del jugador. El número de caÃdos se cuenta después de haber sustituido el averiado.
Jugadas en Pista ajena:
Art. 13. Si un equipo iniciase una partida en pista equivocada, y se descubriese el error antes de que comience la segunda jugada, la partida se recomenzará en la pista que fue señalada de antemano.
Si el error no se advirtiese hasta haber ejecutado varias jugadas, el equipo tendrá que realizar dos jugadas sucesivas en la pista indicada y, en adelante, alternar en una y otra pista hasta que concluya la partida, lo que deberá ocurrir en la pista estipulada por anticipado.
Bola de Propiedad:
Art. 14. Está prohibido a cualquier jugador emplear bolas marcadas por su propietario, a menos que éste lo consienta.
Faltas:
Art. 15 Se produce falta cuando el jugador permite que cualquier parte de sus pies, manos o brazos, en contacto con la pista o el callejón de tiro, descansen o pasen de la lÃnea de lanzamiento; o parte dé su cuerpo toque la pista, canales, tablas divisorias o paredes que estén encima o más allá de la lÃnea de "foul", después que la bola salga de sus manos, pase sobre la lÃnea de tiro o la haya dejado atrás.
Se puede avisar la falta al jugador desde que arrojó la primera bola hasta que lanza la segunda.
Se declarará falta y se anotará, cuando la adviertan los capitanes de los equipos o componentes de los mismos, aunque pasara por alto al árbitro o al aparato registrador de faltas aprobado por el A.B.C.
Faltas Deliberadas:
Art. 16. El jugador que cometa faltas adrede para lograr alguna ventaja para él o sus compañeros, será descalificado y sustituido por otro. Sólo tendrá derecho a los tantos conseguidos con anterioridad a la descalificación.
Cómputo de Bolas:
Art. 17. La bola que cometa una falta será anotada como jugada, pero no los bolos que derribare. Cuando el jugador comete la falta al arrojar su primera bola, los bolos se plantarán de nuevo y sólo se anotarán los tumbados por la segunda. Si con ésta obtuviera un "Strike", se apuntará un "Spare". Cuando son menos de diez los bolos caÃdos a causa de la segunda bola, también se considerará que ha logrado un "Spare".
Si se incurre en falta al tirar la segunda bola, sólo se computarán los bolos tirados con la primera, bien entendido que no se cometiera falta al lanzar ésta.
El jugador que cometa falta en la décima tirada y derribe los bolos con su segunda bola, arrojará una tercera y se anotará los bolos logrados con ella más un "Spare".
Finalmente, si al lanzar la tercera bola de bonificación, cae en falta, únicamente se contarán los bolos derribados con las dos bolas anteriores.
Arbitros:
Art. 18. El árbitro podrá exigir que las prolongaciones de la lÃnea de lanzamiento se pinten de modo visible, con el propósito de determinar claramente las faltas.
El árbitro tiene el deber de vigilar y advertir la comisión de faltas y aplicar las sanciones pertinentes.
Tiene la obligación de llegar a una conclusión inmediata a cada violación del reglamento.
No se podrán apelar sus decisiones, salvo cuando se equivoque al designar al jugador culpable o cuando interprete mal el reglamento o demuestre su incompetencia o favoritismo.
En caso de discusión o de necesidad, el propietario del establecimiento donde el juego se practica gozará de autoridad para nombrar al árbitro.
Los árbitros no se interesarán, directa o indirectamente, en las apuestas que se crucen durante una partida. Si alguno de ellos lo hiciere, será destituido inmediatamente.
Protestas:
Art. 19. No se declarará falta cuando el error no entra inmediatamente después de cometido en conocimiento del árbitro y de los jugadores interesados, en cuyo caso no se admitirá ninguna protesta.
Tampoco se atenderá a las protestas una vez que, lanzada la bola siguiente, la falta haya sido notada y registrada.
Castigo:
Art. 20. El jugador que continua o deliberadamente lance su bola a los canales, para expresar su disgusto por el juego de sus compañeros, o que cometa faltas de intento, será descalificado durante la partida, y sus compañeros se alternarán para reemplazarlo, en caso de que no haya un sustituto para completar el equipo.