Las Siete Partidas (Alfonso X El Sabio) Libros Clásicos

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Ley 22: Pavones y faisanes y gallinas de India y palomas y grullas y ánsares y las otras aves semejantes de ellas, que son salvajes según naturaleza, acostumbran los hombres a veces a amansar y criar en sus casas. Y por ello decimos que en cuanto acostumbran estas aves reales a ir y volver a casa de aquel que las cría, que tiene el señorío de ellas por dondequiera que anden; mas luego que ellas por sí se dejan de la costumbre que usaban de ir y volver, que pierde el señorío de ellas el que lo tenía, y gánalo quienquiera que las prenda. Eso mismo decimos de los ciervos y de los gamos y de las cebras y de las otras bestias salvajes que los hombres amansan y crían en sus casas, pues luego que se vuelven a la selva y no usan de venir a la casa o al lugar donde su dueño las tenía, pierde el señorío de ellas.

Ley 36 Escribiendo algún hombre en pergamino ajeno algún libro de versos o de historias o de otra cosa cualquiera, este libro tal debe ser de aquel cuyo era el pergamino en que lo escribieron; empero si aquel que lo escribió hubo buena fe escribiéndolo, cuidando que era suyo el pergamino o que tenía derecho de hacerlo, si el libro quisiere tener aquel cuyo es el pergamino, debe pagar al otro por la escritura que allí escribió aquello que entendieren hombres sabedores que merece por ello. Mas si hubiere mala fe escribiéndolo, sabiendo que el pergamino era ajeno, entonces pierde la escritura, y tiene que dar el libro a aquel cuyo era el pergamino, fuera de si lo hubiese escrito por precio conocido, pues entonces tanto le debe dar por él cuanto le prometió.

Ley 39: Pintando algún hombre en tabla o en viga ajena alguna imagen de otra cosa cualquiera, si hubo buena fe pintándola, cuidando que aquello en que la pintaba, que era suyo y que lo podía hacer con derecho, entonces el pintor gana el señorío de la tabla o de la cosa en que la pinta, y es suya tanto como aquello que pinta allí, pero tiene que dar a aquel cuya era la tabla tanto cuanto valiere por ella. Mas si hubo mala fe pintándola, sabiendo que era ajena aquella cosa en que la pintaba para sí, entonces pierde la pintura y debe ser de aquel cuya era la cosa en que la pintó; y semeja que pues que él sabía que la tabla era ajena, que quería dar a aquel cuya era aquello que pintaba allí.

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