Las Siete Partidas (Alfonso X El Sabio) Libros Clásicos

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Ley 11. Pena de homicida merece el juez que da falsa sentencia en pleito que viene ante él de justicia, juzgando alguno a muerte o a destierro o a pérdida de miembro, no mereciéndolo él. Esa misma pena debe tener el testigo que diese falso testimonio en tal pleito.

TÍTULO 9: De las deshonras y de los tuertos, bien sean dichos o hechos a los vivos o contra los muertos, y de famosos libelos.

Deshonras y tuertos hacen los hombres unos a otros a veces de hecho y a veces de palabra.

Ley 1: Iniuria en latín tanto quiere decir en romance como deshonra que es hecha o dicha a otro a tuerto o a desprecio de él. Y comoquiera que muchas maneras hay de deshonra, pero todas descienden de dos raíces: la primera es de palabra, la segunda, de hecho. Y de palabra es así como si un hombre denostase a otro o le diese voces ante muchos, haciendo escarnio de él o poniéndole algún nombre malo, o diciendo en pos de él palabras tales por las que se tuviese el otro por deshonrado. Eso mismo decimos que sería si hiciese esto hacer a otros así como a los rapaces o a otros cualesquiera. La otra manera es cuando dijese mal de él ante muchos, razonándolo mal o infamándolo de algún yerro o denostándolo. Eso mismo sería si dijese algún mal de él a su señor con intención de hacerle tuerto o deshonra, o por hacerle perder su merced.

Ley 20: Entre las deshonras que los hombres reciben unos de otros hay muy gran diferencia, pues tales hay de ellas a las que dicen en latín atroces que quiere tanto decir en romance como deshonras crueles y graves, y otras hay que son leves. Y las que son graves pueden ser conocidas en cuatro maneras: la primera es cuando la deshonra es mala y fuerte en sí por razón del hecho tan solamente, así como cuando aquel que recibió la deshonra, es herido con un cuchillo o con otra arma de cualquier manera que de la herida salga sangre o quede lisiado de algún miembro; o si es apaleado o herido con la mano o con el pie en su cuerpo de manera deshonrosa. La segunda manera por la que puede ser conocida la deshonra por grave, es por razón del lugar del cuerpo, así como si lo hiriesen en el ojo o en la cara, o por razón del lugar donde es hecha la deshonra, así como cuando alguno deshonra de palabra o de hecho a otro antes el rey o ante alguno de aquellos que tienen poder de juzgar por él o en concejo o en iglesia o en otro lugar públicamente ante muchos.

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