Las Siete Partidas (Alfonso X El Sabio) Libros Clásicos

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Y tiene muy gran provecho a aquel que lo establece, porque deja lo suyo a hombre que quiere bien, y pártese su alma de este mundo más holgadamente por ello, y otrosí tiene provecho al heredero porque se le acrecen más los bienes de este mundo por ello.

Ley 2: Establecido puede ser por heredero de otro, emperador o emperatriz, o rey o reina; y otrosí la cámara de cada uno de ellos y la iglesia en cada lugar honrado que fuere hecho para servicio de Dios y a obras de piedad. Y otrosí ciudad o villa o concejo, y todo hombre, bien sea padre, bien sea hijo, o caballero, bien sea cuerdo o loco o mudo o sordo o ciego o gastador de sus bienes o clérigo o lego o monje: y brevemente decimos que todo hombre a quien no le es prohibido por las leyes de este nuestro libro, bien sea libre o siervo, puede ser establecido por heredero de otro.

TÍTULO 4: De las condiciones que pueden ser puestas cuando establecen los herederos en los testamentos

Ley 1: Condición es una manera de palabra que suelen los que otorgan los testamentos poner o decir en los establecimientos de los herederos, que les aleja el provecho de la herencia o de la manda hasta que aquella condición sea cumplida. Y los que otorgan los testamentos a veces ponen condiciones para establecer los herederos, y a veces, aunque no las pongan, entiéndense calladamente, bien así como si fuesen escritas y puestas... Y aun entre aquellas condiciones que ponen los hombres señaladamente en sus testamentos, de ellas hay que pertenecen al tiempo pasado, y otras al tiempo presente, y otras, al tiempo que es por venir. Y de aquellas que pertenecen al tiempo que es por venir algunas hay que pueden ser; y algunas, que no, que son dichas en latín impossibiles, y de las que no pueden ser, tales las hay que no se pueden cumplir por impedirlo la naturaleza, y tales hay que las impide el derecho; y otras, que resultan imposibles de hecho, y otras hay que no pueden ser, porque son dudosas u oscuras. Y de las condiciones que pueden ser, algunas hay de ellas que están en poder de los hombres para cumplirlas, y otras hay que están en ventura si serán o no; y otras hay que son mezcladas, que en parte dependen del poder de los hombres, y en parte están en ventura, y hácense por esta palabra, diciendo así: "Hago a fulano mi heredero, si él diere o hiciera tal cosa a tal iglesia", o en otra manera semejante de esta.

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