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Ley 5: Fuero o establecimiento hicieron antiguamente en España que el señorío del rey nunca fuese repartido ni enajenado. Y por ello pusieron que cuando el rey fuere finado y el otro entrare en su lugar, que luego jurase, si fuese de edad de catorce años o de allí para arriba, que nunca en toda su vida repartiese el señorío ni lo enajenase; y si no fuese de la edad de guardar; y él que otorgase después cuando fuese de la edad sobredicha, y todos los que se acertasen allí con él que jurasen guardar dos cosas: la una, aquello toca a él mismo, así como su vida y su salud y su honra y su pro; la otra, guardar siempre que el señorío sea uno, y que nunca en dicho ni en hecho consientan ni hagan porque se enajene ni se reparta. Y de esto deben hacer homenaje los más honrados hombres del reino que fueren, así como los prelados y los ricos-hombres y los caballeros hijosdalgo y los hombres buenos de las ciudades y las villas y por ello, en todas esas cosas que hemos dicho, debe el pueblo guardar que el señorío sea siempre uno, y no consienta en ninguna manera que se enajene ni se reparta.
TÍTULO 18 Que habla de cuál debe ser el pueblo en guardar y en abastecer y en defender y en dar los castillos y fortalezas del rey y del reino
Ley 6 Tener castillo de señor según fuero antiguo de España es cosa en la que existe muy gran peligro, puesto que ha de caer el que lo tuviere, si lo perdiere por su culpa, en traición, que es puesta como en igual de muerte del señor; mucho deben todos los que los tuvieren ser apercibidos en guardarlos, de manera que no caigan en ella. Y para esta guarda ser hecha cumplidamente, deben allí considerarse cinco cosas: la primera, que sean los alcaides tales como conviene para guarda del castillo, la segunda, que hagan ellos mismos lo que deben en guarda de ellos; la tercera, que tengan allí cumplimiento de hombres; la cuarta, de vianda; la quinta, de armas: Y de cada una de estas queremos mostrar cómo se deben hacer; y por ello decimos que todo alcaide que tuviere castillo de señor debe ser de buen linaje de padre y madre, pues si lo fuere, siempre habrá vergüenza de hacer del castillo cosa que le esté mal, ni por la que sea denostado él ni los que de él descendieren; otrosí debe ser leal porque siempre sepa guardar que el rey ni el reino no sean desheredados del castillo que tuviere; y aun es menester que sea esforzado para que no dude en prevenir los peligros que al castillo vinieren; y sabedor conviene que sea para que sepa hacer y disponer las cosas que convinieren a guarda y defensa del castillo.