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La tercera razón es cuando vence la carne y tiene gusto en hacerlo, y tiene por mejor allegarse a aquel con quien es casado, que hacer fornicación en otra parte, y en esta yace pecado venial, porque se mueve a hacerlo más por codicia de la carne que no por hacer hijos. La cuarta razón es cuando se trabajase el varón por su maldad, porque lo pueda más hacer comiendo letuarios calientes o haciendo otras cosas; y en esta manera peca mortalmente, pues muy desaguisada cosa hace el que quiera usar de su mujer tan locamente como haría con otra mala mujer, esforzándose por hacer lo que la naturaleza no le da.
TÍTULO 3: De los desposorios y de los casamientos que se hacen en encubierto.
Ley 1: Escondidos son llamados los casamientos de tres maneras, la primera es cuando los hacen encubiertamente y sin testigos, de manera que no se pueden probar; la segunda es cuando los hacen ante algunos, mas no demandan a la novia a su padre o su madre o a los otros parientes que la tienen en guarda, ni dan sus arras ante ellos ni le hacen las otras honras que manda la iglesia; la tercera es cuando no hacen saber concejeramente en aquella iglesia de la cual son parroquianos, pues para no ser el casamiento hecho encubiertamente, es necesario que antes que los desposen, diga el clérigo en la iglesia ante todos los que allí estuvieren como tal hombre quiere casar con tal mujer, nombrándolos por sus nombres, y que amonesta a todos cuantos allí están a que si saben que hay algún impedimento entre ellos por el que no deban casar en uno, que lo digan hasta algún día que les nombre señaladamente. Y aun con todo esto, los clérigos deben procurar entre tanto saber cuanto pudieren si hay algún embargo entre ellos y si hallaren algunas señales de impedimento, deben vedar que no se casen hasta que sepan si es tal cosa que pueda por ello impedir el casamiento o no. Y la razón por la que prohibió la iglesia que los casamientos no fuesen hechos encubiertamente es eta: porque si desacuerdo viniese entre el marido y la mujer, de manera que no quisiere alguno de ellos vivir con el otro, aunque el casamiento fuese verdadero, según que es sobredicho, no podría por eso la iglesia apremiar a aquel que se quisiese separar del otro.